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Calendario Tributario 2025: Organice sus Obligaciones Fiscales con Claridad

  • Foto del escritor:  Redacción Agenda by Financial
    Redacción Agenda by Financial
  • 13 dic 2024
  • 2 Min. de lectura

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Con la expedición del Decreto 2229 de 2023, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha establecido el calendario tributario para 2025, un instrumento fundamental para el cumplimiento de las obligaciones fiscales en Colombia. Este cronograma busca brindar claridad a los contribuyentes sobre los plazos para la presentación de declaraciones y el pago de impuestos, evitando sanciones y facilitando una adecuada planificación financiera.

Plazos para la Declaración y Pago del Impuesto sobre la Renta y Complementario

  • Grandes Contribuyentes:

    • Primera cuota: del 11 al 24 de febrero de 2025 (según el último dígito del NIT).

    • Segunda cuota y presentación de la declaración: del 9 al 24 de abril de 2025.

    • Tercera cuota: del 11 al 25 de junio de 2025.

  • Personas Jurídicas y Régimen Tributario Especial (RTE):

    • Primera cuota y declaración: del 12 al 23 de mayo de 2025.

    • Segunda cuota: del 9 al 22 de julio de 2025.

  • Personas Naturales y Sucesiones Ilíquidas:

    • Declaración y pago: entre el 12 de agosto y el 24 de octubre de 2025, según los dos últimos dígitos del NIT.

Declaración de Activos en el Exterior

Las personas y entidades con activos en el exterior superiores a 2000 UVT ($99.598.000) deben presentar su declaración así:

  • Grandes contribuyentes: del 9 al 24 de abril de 2025.

  • Personas jurídicas: del 12 al 23 de mayo de 2025.

  • Personas naturales: del 12 de agosto al 24 de octubre de 2025.

Actualización del Régimen Tributario Especial (RTE)

Los contribuyentes del RTE deben actualizar su registro web y presentar la memoria económica antes del 30 de junio de 2025. El incumplimiento podría resultar en su reclasificación al Régimen Ordinario.

Obras por Impuestos

Para quienes deseen vincular su impuesto de renta a proyectos de infraestructura mediante la figura de obras por impuestos, las fechas son:

  • Solicitud: hasta el 31 de marzo de 2025.

  • Declaración y primera cuota: 30 de mayo de 2025.

  • Consignación en fiducia: también el 30 de mayo de 2025.

Pagos Bimestrales para Entidades con Presencia Económica Significativa (PES)

Las entidades no domiciliadas con Presencia Económica Significativa deben realizar pagos bimestrales de la siguiente manera:

  • Enero-febrero: 14 de marzo de 2025.

  • Marzo-abril: 15 de mayo de 2025.

  • Mayo-junio: 14 de julio de 2025.

  • Julio-agosto: 12 de septiembre de 2025.

  • Septiembre-octubre: 18 de noviembre de 2025.

  • Noviembre-diciembre: 16 de enero de 2026.

La declaración anual de este impuesto deberá presentarse antes del 22 de abril de 2026.

Importancia de la Planificación Fiscal

Cumplir con estos plazos no solo garantiza la correcta gestión financiera de empresas y personas, sino que también previene problemas legales y sanciones económicas. Desde la DIAN se recalca la importancia de estar al día con las obligaciones tributarias, aprovechando el calendario como herramienta clave para la organización.

 
 
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